miércoles, 22 de octubre de 2014

Ya somos miembros del VIT Emprende Valencia

Movidos por la inquietud de colaborar nos hemos unido al VIT Emprende Valencia.

Se trata de una red de apoyo, promovida por la fundación InnDEA Valencia de Ayuntamiento de Valencia, que ayuda y asesora a las empresas que quieren emprender en la Comunidad Valenciana.

Si quieres más información :



Jorge del Carpio Pons
GT & Asociados
Abogados y Economístas

jueves, 16 de octubre de 2014

Anulado el copago por el TSJ de Valencia

Una sentencia del TSJ de la C. Valenciana anula el copago que suponía el abono de parte del coste de determinados servicios sociales de mayores y dependientes.

El motivo es el defecto jurídico formal puesto que la Consellería planteó con carácter de urgente su aprobación con forma de Decreto y no de ley como procedía.

Dicha resolución abre la puerta a posibles reclamaciones de lo abonado por este concepto.

Adjuntamos el enlace para más información: Sentencia 3429/2014.

Anabella Riesa Costa
Area de Derecho Mercantil
García Torregrosa & Asociados.

lunes, 13 de octubre de 2014

Cúando vender la vivienda

El proyecto de reforma fiscal aprobado por el gobierno incita a calcular cuál es el mejor momento para desprenderse de una vivienda.

¿A quien afecta esta reforma y a quien no?

Esta reforma afecta:

1. A quienes venden una segunda residencia (playa, montaña...).

2. No reinvierten el beneficio en vivienda o lo hacen pasados los dos años de la venta.

Si lo que se obtiene con la venta de la vivienda habitual se reinvierte (en dos años) en la compra de otra vivienda o no da beneficios sino pérdidas es indiferente vender en 2014, 2015, 2016. ¿Cuáles son los criterios a seguir? No hay una regla fija para acertar con el momento para vender pero si los motivos de la venta son únicamente fiscales habrá que tener en cuenta el año de compra de la vivienda y cómo se va a gestionar el beneficio obtenido con la misma.

Para las viviendas de más antigüedad (adquiridas antes del 1994)puede resultar más rentable su venta en 2014 debido a que los coeficientes economicos compensan los mayores tipos impositivos. Además de la utilización de la exención acumulada del 11,11% anual. Por lo que puede llegar a compensar negociar una bajada de precio para cerrar la operación antes de que termine el año.

Las viviendas adquiridas más recientemente no siempre resultará mejor venderlas en 2014. Dependerá de su fecha de compra y muy especialmente del importe de las ganancias obtenidas.

Si tienes alguna operación similar a las descritas no dudes en consultarnos para que te podamos ayudar y asesorar.

Jorge del Carpio Pons
Sección Fiscalidad
García Torregrosa & Asociados
ABOGADOS Y ECONOMISTAS

miércoles, 1 de octubre de 2014

Divorcios: ¿A quien le toca y paga los traslados de los hijos?

Tras decisiones contradictorias de las Audiencias Provinciales el Tribunal Supremo fija doctrina determinando qué padre es el obligado a trasladar y retornar al menor al domicilio.

En primer lugar dicha circunstancia se atendrá al acuerdo plasmado por los progenitores en tanto en cuanto se preserve el interés del menor.

En su defecto cada padre/madre recogerá al menor del domicilio del progenitor custodio y el custodio lo retornará al domicilio. 

Subsidiariamente y a la vista de las circunstancias del caso, se podrá atribuir la obligación de recogida y retorno a uno de los progenitores con la correspondiente compensación económica y motivado por resolución judicial.  

García Torregrosa y Asociados
Sección Derecho de Familia