viernes, 28 de marzo de 2014

Custodia Compartida y Atención Sanitaria

En ocasiones, cuando no existe comunicación entre las parejas divorciadas, nos encontramos con que el progenitor que no tiene la custodia compartida del menor se queda al margen de las cuestiones que afectan a la salud de su hijo.

Para evitar estas situaciones la Generalitat Valenciana, en respuesta a una solicitud planteada por la Asociación de Custodia Compartida de Valencia, ha remitido a sus centros sanitarios instrucciones que piden que ante cualquier intervención quirúrgica, atención psicológica o tratamientos médicos relevantes se exija un consentimiento conjunto de los dos progenitores. 

Con esta medida se potencia la corresponsabilidad sanitaria de los padres separados. 

Amparo Torregrosa Maicas.
Sección Familia.
Garcia Torregrosa Abogados.

Compensación por el tiempo dedicado a la familia

El Tribunal Supremo ha obligado a pagar una pensión de 400 euros a su mujer por los 21 años que dedicó a los tres hijos fruto del matrimonio, después trabajo en tareas de limpieza y mas tarde se divorció tras 38 años de matrimonio.

En la actualidad la mujer está jubilada y tiene una discapacidad reconocida del 15%.

El supremo defiende que es ese prolongado tiempo de dedicación a la familia el que determina que la pensión cotizada sea inferior lo que exige una compensación.

La sentencia plantea la necesidad de valorar el tiempo en que la esposa se ha dedicado exclusivamente a la familia como influencia negativa en su desarrollo profesional.

Amparo Torregrosa Maicas.
Sección Familia.
García Torregrosa y Asociados.

viernes, 21 de marzo de 2014

Reforma de la ley de defensa de los consumidores y usuarios

En febrero se aprobó la reforma de la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios que transpone la Directiva 2011/83/UE.

La reforma se refiere a contratos a distancia y realizados fuera de establecimientos mercantiles (Internet, pero también por teléfono, fax, etc.) incluyendo las directrices del Tribunal Europeo de Justicia sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.

Se establece una nueva definición de contrato a distancia, se deroga el Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre, por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo del artículo 5.3 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, de condiciones generales de la contratación, y se amplia el derecho de desistimiento.

En referencia al desistimiento es interesante saber que se ofrece un formulario normalizado al respecto que el consumidor y usuario podrá utilizar opcionalmente, al tiempo que se amplia el plazo para su ejercicio a catorce días naturales.

Si el empresario no facilite al consumidor y usuario la información sobre el derecho de desistimiento, se amplía el plazo para desistir del contrato hasta doce meses después de la fecha de expiración del periodo inicial.

Además, la ley contempla la posibilidad de que el empresario ofrezca al consumidor y usuario la opción de cumplimentar el formulario de desistimiento en línea, en cuyo caso deberá proporcionar sin demora indebida un acuse de recibo, por ejemplo, por correo electrónico.

García Torregrosa & Asociados.

Vida Laboral por SMS

La vida laboral es un documento que permite conocer todas las cotizaciones que tiene acumuladas un trabajador en el Sistema de la Seguridad Social.

Consultar la vida laboral un par de veces al año es recomendable y sobre todo cuando se empieza a trabajar en una nueva empresa.

Ahora se puede descargar la vida laboral en el mismo momento pero para ello es necesario que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) tenga todos nuestros datos actualizados: Un número de teléfono móvil que será el que reciba el SMS y que los datos que se le solicitan en el formulario de autenticación coincidan exactamente con los registrados en su base de datos.

Te facilitamos el enlace oficial: Vida Laboral SMS

García Torregrosa & Asociados.

viernes, 14 de marzo de 2014

Nueva Asociada en Derecho Mercantil

Damos la bienvenida a la nueva asociada en derecho mercantil, Paz Guillen Bañuelos.

Con  larga experiencia en grandes despachos mercantilistas, Broseta,y Pricewaterhouse, viene a aportar su saber hacer al departamento mercantil siendo experta en sociedades, contractual,conflictos entre socios, negociación , mediación, derecho inmobiliario, comercio exterior e internacionalización de empresas , tanto a nivel nacional como internacional.

Garcia Torregrosa y Asociados.
Generando Alternativas.

Tengo reconocida la retroactividad de dependencia pero no me pagan ¿ Que hago?

La semana pasada un juzgado de Sevilla determinaba responsabilidad penal para la administración por un retraso injustificado del pago de los importes de dependencia .

Estos dilaciones han llegado en ocasiones a desencadenar no percibir el importe por el  fallecimiento del interesado en el proceso.

En Valencia, con más frecuencia de la que nos gustaría, nos encontramos con que a pesar de que el juzgado le da la razón al dependiente reconociéndole el derecho a cobrar una retroactividad, la administración no paga.

¿Que hacer si la administración no me paga?

Para estos casos es necesario saber que se puede pedir la ejecución de sentencia mediante un procedimiento judicial por el que el juzgado requiera a la administración a pagar en breve. Además hay que tener en cuenta que en algunos de estos procedimientos se reconocen costas, por los que más si cabe merece la pena reclamar.

Ana Riesa Costa
Departamento Administrativo

García Torregrosa & Asociados

viernes, 7 de marzo de 2014

Reforma laboral paso a paso. Tarifa plana seguridad social trabajadores.

Con el Real Decreto 3/2014, de 28 de febrero entró en vigor una novedad: Tarifa plana para las cotizaciones a la Seguridad Social de las contrataciones indefinidas que se celebren entre el 25 de febrero y el 31 de diciembre de este año 2014. Así la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social para contingencias comunes se reduce a la cantidad fija de cien euros mensuales por nuevo trabajador (no incluidos las contingencias por desempleo, Fogasa, formación profesional y accidentes de trabajo y enfermedades profesionales).

Es de aplicación para los contratos a tiempo completo.

En los de tiempo parcial se reduce hasta setenta y cinco o cincuenta euros mensuales en función a que la jornada sea del 75% o del 50% de la jornada completa ordinaria.

Por tanto por la contratación indefinida de nuevos empleados cumpliendo los requisitos del real decreto las empresas abonarán 100 euros cien por nuevo trabajador contratado, en lugar del 23,60% de la base de cotización por lo tanto supone un ahorro pero moderado no correspondiendo con un fijo de 100 euros.

Por otro lado mientras a la empresa se le exige crear empleo neto y mantenerlo durante 36 meses desde la contratación, la reducción a cien euros sólo es aplicable durante los primeros 24 meses prorrogables 12 meses más para las empresas de menos de 10 trabajadores (50% de la cotización por contingencias comunes)

¿Estamos solo ante un golpe de efecto más? El debate está servido.

Cursos y charlas para emprendedores y empresas.

Siguiendo la metodología "learning by doing" Las Naves plantea un interesante curso enfocado a profesionales del ámbito creativo que tengan en mente un proyecto de empresa.

Curso de running empresarial

El 13 de Marzo se celebra  la  Jornada “Instrumentos de Financiación para Pymes”, en la feria Forinvest (Foro internacional de productos y servicios financieros)

El objetivo de esta jornada es dar a conocer los instrumentos financieros existentes en el mercado a disposición de las empresas y las principales novedades.

Jornada de instrumentos de financiación para las pymes