viernes, 27 de junio de 2014

Valencia Emprende

Valencia Emprende es una herramienta puesta en marcha por el Ayuntamiento de Valencia cuyo objetivo es fomentar el mundo de la empresa en nuestra ciudad.

Se plantea como un portal útil tanto para futuros emprendedores como para empresas consolidadas.

Desde este post os facilitamos el enlace a las ayudas a las iniciativas empresariales, consolidación empresarial y a la contratación que desde allí se plantean.

Esperamos que sea de vuestro interés.

Ayudas municipales

García Torregrosa y Asociados
ABOGADOS Y ASESORES

miércoles, 18 de junio de 2014

Lo que es delito en la vida real también lo es en la virtual

El emitir ciertas opiniones o expresiones en las redes sociales puede tener serias consecuencias en el ámbito penal:

La diferencia entre falta y delito radica en la gravedad de las expresiones realizadas y el soporte a través del cual se vierten.

- En  las faltas de amenazas, coacciones(intimidación) y vejaciones injustas (insultos):

La pena para esta clase de infracciones será multa de 10 a 20 días con cuota diaria que puede oscilar entre los 2 y 400 euros.

-  El delito de amenazas conlleva una pena de 3 meses a 5 años de prisión dependiendo de la entidad de estas.

- En el delito de coacciones las penas oscilan desde 6 meses a 3 años de prisión o multa de 12 a 24 meses con los importes arriba indicados.

- El delito de injuria implica una multa de 6 a 14 meses si se hacen con publicidad (a través de redes sociales).

-El delito de calumnia( imputar a alguien la comisión de un delito hecha con conocimiento de que es falso o con temerario desprecio hacia la verdad) . En este caso, las penas son de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses si se hacen con publicidad. 

El hecho de que utilicemos un ordenador o las redes sociales no implica impunidad para este tipo de acciones que puede tener serias consecuencias penales. La policía judicial, tras una sencilla investigación, puede averiguar quién, desde qué dispositivo se ha realizado, y quién ha hecho uso del mismo, por lo que debemos tener en cuenta que lo que es delito en la vida real también lo es en la virtual. 

Mónica Fausto Cerro
Área de Derecho Penal
García Torregrosa & Asociados

viernes, 13 de junio de 2014

Reducción del Copago en Dependencia y Discapacidad

La aplicación del copago a los dependientes usuarios de residencias, centros de día y pisos tutelados será reducida a partir del 1 de Julio.

Los usuarios de las residencias se podrán quedar de sus prestaciones 213,5 euros al mes y no 126 como en la actualidad.

Los discapacitados en viviendas tuteladas y centros de día sólo copagarán a partir de 532 euros al mes.

Las personas mayores en residencias públicas esta cantidad mínima pasará de 101 euros a 170.

Además a partir del 1 de Julio se permitirá la compatibilidad de la prestación por desempleo con la figura del cuidador y la compatibilidad de la pensión no contributiva con la prestación por situación de dependencia. Para menores de 18 años se generaliza la prestación para personas en situación de dependencia por Cuidador No Profesional.

Parece que algo se está avanzando, no obstante para aquellos que quieran interponer un recurso contra el copago facilitamos el formulario facilitado por la intersinidical Valenciana para estos casos.

Recurso de Alzada

Anabella Riesa Costa.
Área de Derecho Admisnitrativo.
García Torregrosa & Asociados.

viernes, 6 de junio de 2014

Mejoras en permanencia telefónica y contratación a distancia

La última reforma legislativa ha mejorado la seguridad jurídica de los consumidores y usuarios en las transacciones a distancia y en comercio electrónico y telefonía móvil, os adelantamos las más relevantes.

A partir del 13 de Junio de 2014 los contratos firmados a distancia y fuera de establecimiento mercantil ampliarán a 14 días su derecho de desistimiento y a 12 meses cuando el empresario no lo haya informado.

El comerciante tendrá la obligación de adjuntar un formulario a través del cual el consumidor podrá ejercitar efectivamente el desistimiento .

En todo caso y por si la empresa no cumpliera con su obligación os adjuntamos los requisitos que dicho desistimiento debe tener según aconsejando se remita a la entidad con certificación fehaciente de envío ( burofax o carta carta certificada con acuse de recibo) .

Modelo de formulario de desistimiento

– A la atención de (aquí se deberá insertar el nombre del empresario, su dirección completa y, si dispone de ellos, su número de fax y su dirección de correo electrónico):
– Por la presente le comunico/comunicamos (*) que desisto de mi/desistimos de nuestro (*) contrato de venta del siguiente bien/prestación del siguiente servicio (*)
– Pedido el/recibido el (*)
– Nombre del consumidor y usuario o de los consumidores y usuarios
– Domicilio del consumidor y usuario o de los consumidores y usuarios.
– Firma del consumidor y usuario o de los consumidores y usuarios (solo si el
presente formulario se presenta en papel)
– Fecha


-Telefonía Móvil:

La telefonía móvil también experimentará mejoras a partir del 13 de junio en las condiciones de las permanencias.

A partir de entonces, si quieres darte de baja o cambiarte de compañía, sólo se pagará la parte proporcional del tiempo que nos quedaba hasta finalizar dicho compromiso dejando de existir las penalizaciones abusivas de algunas operadoras como las indemnizaciones fijas o las inversas.

Los contratos de telefonía deberán añadir si incluyen compromiso de permanencia, de cuánto tiempo es y cuál será la penalización en caso de baja anticipada. Respecto el SPAM telefónico las compañías que quieran ofrecer sus servicios a través de call centers deberán realizarlo únicamente de 9 de la mañana a 9 de la noche, quedando excluidos los fines de semana y festivos. Además, podremos solicitar desde la primera llamada que no vuelvan a llamarnos para fines comerciales.


García Torregrosa & Asociados.
Abogados y Economistas.