martes, 28 de abril de 2015

La Iguala Mercantil en Sesenta Segundos

Cuantas veces te has planteado llamar a un abogado para hacerle una consulta en vuestra empresa y no lo habéis hecho por miedo a cuanto os cobrarían por ello?

¿ Y si hubieras tenido una tarifa plana?¿ Lo habrías hecho? Eso es lo que en términos jurídicos se llama una Iguala Mercantil.

 Beneficios: 

1: Tienes a un abogado mercantilista a tu disposición las 24 horas lo que te permite focalizarte en tu negocio.
2. Es más económico que tener un abogado a nivel interno o incluso que realizar externamente trabajos puntuales.

Entonces si te estás planteado montar otra empresa, o franquiciar tu modelo de negocio, o ampliar o escindir una parte de la misma o simplemente establecer un contrato de distribución, de colaboración etc... Todo ello significa que interactúas en el tráfico mercantil y que por tanto como empresa en más de una ocasión vas a requerir asesoramiento jurídico y tener una iguala te va a merecer la pena en términos de rentabilidad económica.

Por este motivo si eres empresa, o emprendedor te invitamos a que os acerquéis al despacho donde se os realizara una propuesta personalizada  sin compromiso alguno diagnosticando si en vuestro caso es beneficioso la realización de una iguala.


Ximo Gomez de Membrillera
Responsable Área Mercantil y Bancaria
García Torregrosa & Asociados
Abogados y Economistas

martes, 21 de abril de 2015

Novedades en las clausulas suelo

El Tribunal Supremo en sus sentencias del 24 y 25 de Marzo del 2015 ha dado respuesta a las preguntas que se plantean aquellas personas que tienen clausulas suelo en sus prestamos.

¿Son legales las clausulas suelo?
¿Cuanto puedo reclamar?

En referencia a la primera pregunta establece que las clausulas suelo de los prestamos hipotecarios son ilícitas siempre que el consumidor no tenga un conocimiento real de cuál es el sacrificio económico y de la carga jurídica que se deriva del contrato condenando aquellas que no son transparentes por insuficiencia de información".

Sobre la reclamación de los importes con efectos retroactivos el  Supremo ha fijado doctrina estableciendo que los usuarios solo podrán recuperar el dinero destinado a este concepto a partir del 9 de mayo de 2013, fecha en que el Alto Tribunal declaró que estas cláusulas son nulas por abusivas si adolecen de falta de información y obligó a estas entidades (BBVA, NCG Banco y Cajas Rurales) a eliminarlas.

Si desconoce si su préstamo tiene clausula suelo y quiere averiguarlo no dude en ponerse en contacto con  nuestro despacho donde le analizaremos la situación y determinaremos la viabilidad de la reclamación sin coste alguno además de previo diagnostico detallarle su ahorro a futuro.

TS Civil Pleno 25-03-2015 Cláusulas suelo
TS Civil Pleno 24-03-2015 Cláusulas suelo

Ximo Gomez de Membrillera
Responsable Área Mercantil y Bancaria
García Torregrosa & Asociados
Abogados y Economistas

martes, 14 de abril de 2015

Qué hacer si me quiero divorciar

Cuando una persona decide divorciarse suele ser una decisión muy meditada, que no se toma con precipitación. Las principales preguntas de alguien que atraviesa una situación como esta son: ¿Cómo puedo hacerlo? ¿Qué necesito tener en cuenta para ocasionarme el menor perjuicio económico y personal?

En base a esto aportamos algunas ideas que pueden ayudar:

En el plano económico

  • Recoger información relativas a todas las cuentas de la que se sea titular de manera conjunta o por separado, especialmente si el régimen es gananciales.
  • Tomar nota de todos los bancos de los que llegue información a casa.
  • Si es empresario/a o profesional, intentar obtener documentación sobre los ingresos reales del cónyuge.
  • En este caso y al objeto de acreditar el estilo de vida: Tickets o facturas de gastos realizados por la familia, pagados en efectivo y que ponen de manifiesto un determinado nivel económico.
  • Documentar mediante fotografía o vídeo los bienes que existen en el domicilio de determinado valor.
  • Si todas las cuentas son conjuntas abrir alguna a nombre particular al objeto de que la otra parte no te pueda dejar las cuentas vacías hasta que exista una resolución judicial que le obligue a la devolución.

A nivel personal y si existen niños

La información a recoger, es la que acredite la participación en la crianza de los hijos por ejemplo asistencia a reuniones escolares, revisiones pediátricas etc

Otra de las principales dudas que se plantean es si va a perjudicar a la futura custodia de los menores, el hecho de “abandonar el domicilio” por ser la situación insostenible.

La respuesta es que en ocasiones sí se puede perjudicar una posible custodia compartida, por ello y previo a tomar dicha decisión se puede adoptar un acuerdo firmado por ambos progenitores en el que uno de ellos se va del hogar familiar, como medida temporal, hasta que se produzcan las medidas o mientras se está negociando pero con especial hincapié en que  no supone renuncia a ningún derecho y especialmente a la custodia de los menores

Si la salida del domicilio familiar se produce sin acuerdo, entonces será necesario interponer una demanda o al menos una solicitud de medidas en el plazo de 30 días.
     
En todo caso aconsejamos no firmar ningún documento que no esté con anterioridad validado por un abogado y además puesto que cada divorcio conlleva un nuevo marco de convivencia diferente les aconsejamos un asesoramiento personalizado y desde aquí nos brindamos para ayudarles en lo que necesiten.

Amparo Torregrosa Maicas
Área de Derecho de familia
García Torregrosa & Asociados
ABOGADOS Y ECONOMISTAS

sábado, 11 de abril de 2015

Fechas de la Renta 2014 y borradores con errores.

El día 7 de abril comenzó la campaña de la Renta de 2014.

Detallamos las fechas más importantes de la campaña del Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio 2014:

Página electrónica de la Agencia Tributaria.

A partir del 7 de abril: Se pone a disposición de los contribuyentes el borrador y/o los datos fiscales de la declaración del Impuesto,que podrá ser confirmado electrónicamente, a través de Internet o por teléfono. Igualmente la declaración del Impuesto se podrá presentar a través de Internet. A partir del 11 de mayo: Presentación en entidades de crédito colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT del borrador o de la propia declaración anual 2014, Modelo D-100.

Hasta el 25 de junio de 2015: Posibilidad de confirmar el borrador de la declaración o de presentar la declaración de la renta cuando impliquen una cantidad a ingresar y su pago se domicilie en cuenta.

Hasta el 30 de junio de 2015: Si el borrador o la declaración de la renta del 2014 resulta a devolver, se renuncia a la devolución, cuota negativa o resulta a ingresar pero su pago no se domicilia o se domicilia sólo el segundo plazo (el 5 de noviembre de 2015).

Desde el 7 de abril hasta el 30 de junio de 2015: Presentación electrónica de las declaraciones del Impuesto sobre Patrimonio, salvo en el supuesto de domiciliación del pago, en cuyo caso será hasta el 25 de junio.

Datos estadísticos informan que el 80% de los borradores que se confirmaron de forma automática en años anteriores sin asesoramiento profesional han tenido fallos siempre a favor de la Administración de Hacienda por motivos tales como que se hayan dejado de practicar deducciones.

Desde aquí hacemos un llamamiento a todas las personas para evitar esta situación y nos acerquen sus borradores a nuestro despacho.

Jorge David del Carpio Pons
Economista
García Torregrosa y Asociados