miércoles, 16 de julio de 2014

Despido Gratuito el Primer Año

El pasado 15 de Julio de 2014, el Tribunal Constitucional apoyó la reforma laboral, llegando a las siguientes conclusiones:
  • El contrato de apoyo a emprendedores con un año de prueba sin derecho a indemnización por despido es legítimo y queda comprendido dentro de la constitución.
  • En el caso que la empresa y los representantes de los trabajadores no se pongan de acuerdo, será la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos y sus equivalentes autonómicos los que decidan sobre posibilidad de aplicar condiciones salariales diferentes de las de Convenio.
  • Se le da prioridad al convenio de empresa sobre los convenios sectoriales en cuestiones que afectan a las condiciones de trabajo.
El debate está servido.

Para más información:

García Torregrosa y Asociados
ABOGADOS Y ASESORES

viernes, 11 de julio de 2014

Si estas divorciado es mejor hacer testamento

Un divorcio establece un nuevo escenario para la pareja y los hijos que queda regulado jurídicamente por el acuerdo de convivencia. Pero el alcance del mismo, como es lógico, deja de tener efecto en caso fallecimiento de una de las partes.

Si una vez divorciados no se ha realizado testamento esto puede generar problemas en referencia a la  administración de los bienes de la herencia y a la tutela de los menores.

En el testamento se pueden regular algunas circunstancias futuras que afectan a progenitores y descendientes en el caso de divorcio como por ejemplo quien administrará la herencia si el hijo es menor en caso de fallecimiento designando para ello a una persona de confianza evitando de esta forma que la ex pareja pueda acceder a ella.

Además para el caso de que desafortunadamente fallezcan ambos progenitores se puede designar en el testamento tutor de los menores evitando que sea un procedimiento judicial quien lo determine y posibles conflictos entre las familias.

Amparo Torregrosa Maicas
García Torregrosa y Asociados
ABOGADOS Y ASESORES

viernes, 4 de julio de 2014

Qué puedo pedir si cae la red móvil

Es interesante saber que si la red móvil cae y te quedas sin datos y sin voz la ley establece una pequeña compensación para que las compañías telefónicas abonen a sus usuarios.

Aunque la indemnización es ínfima debes saber que consiste en descontarte de tu próxima factura una de estas dos cantidades (la que sea mayor):

1.Sumatorio de la facturación de tu línea móvil en los últimos 3 meses dividido entre tres y prorrateado por el número de horas afectadas por el incidente .

2.Multiplicación por 5 la cuota mensual fija que tienes contratada y prorrateo por las horas afectadas.

Pero estas cantidades solo se indemnizan si finalmente superan el euro. No obstante los operadores consecuencia de la presión en las redes sociales suelen añadir compensaciones mayores tal y como hicieron Jazztel y Ono que compensaron a sus usuarios afectados por los cortes del 12 de marzo y uno de junio con cinco euros o 200 MB adicional en su tarifa de datos respectivamente.

García Torregrosa & Asociados.
ABOGADOS Y ASESORES.
Información legal para estar al día.

viernes, 27 de junio de 2014

Valencia Emprende

Valencia Emprende es una herramienta puesta en marcha por el Ayuntamiento de Valencia cuyo objetivo es fomentar el mundo de la empresa en nuestra ciudad.

Se plantea como un portal útil tanto para futuros emprendedores como para empresas consolidadas.

Desde este post os facilitamos el enlace a las ayudas a las iniciativas empresariales, consolidación empresarial y a la contratación que desde allí se plantean.

Esperamos que sea de vuestro interés.

Ayudas municipales

García Torregrosa y Asociados
ABOGADOS Y ASESORES

miércoles, 18 de junio de 2014

Lo que es delito en la vida real también lo es en la virtual

El emitir ciertas opiniones o expresiones en las redes sociales puede tener serias consecuencias en el ámbito penal:

La diferencia entre falta y delito radica en la gravedad de las expresiones realizadas y el soporte a través del cual se vierten.

- En  las faltas de amenazas, coacciones(intimidación) y vejaciones injustas (insultos):

La pena para esta clase de infracciones será multa de 10 a 20 días con cuota diaria que puede oscilar entre los 2 y 400 euros.

-  El delito de amenazas conlleva una pena de 3 meses a 5 años de prisión dependiendo de la entidad de estas.

- En el delito de coacciones las penas oscilan desde 6 meses a 3 años de prisión o multa de 12 a 24 meses con los importes arriba indicados.

- El delito de injuria implica una multa de 6 a 14 meses si se hacen con publicidad (a través de redes sociales).

-El delito de calumnia( imputar a alguien la comisión de un delito hecha con conocimiento de que es falso o con temerario desprecio hacia la verdad) . En este caso, las penas son de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses si se hacen con publicidad. 

El hecho de que utilicemos un ordenador o las redes sociales no implica impunidad para este tipo de acciones que puede tener serias consecuencias penales. La policía judicial, tras una sencilla investigación, puede averiguar quién, desde qué dispositivo se ha realizado, y quién ha hecho uso del mismo, por lo que debemos tener en cuenta que lo que es delito en la vida real también lo es en la virtual. 

Mónica Fausto Cerro
Área de Derecho Penal
García Torregrosa & Asociados

viernes, 13 de junio de 2014

Reducción del Copago en Dependencia y Discapacidad

La aplicación del copago a los dependientes usuarios de residencias, centros de día y pisos tutelados será reducida a partir del 1 de Julio.

Los usuarios de las residencias se podrán quedar de sus prestaciones 213,5 euros al mes y no 126 como en la actualidad.

Los discapacitados en viviendas tuteladas y centros de día sólo copagarán a partir de 532 euros al mes.

Las personas mayores en residencias públicas esta cantidad mínima pasará de 101 euros a 170.

Además a partir del 1 de Julio se permitirá la compatibilidad de la prestación por desempleo con la figura del cuidador y la compatibilidad de la pensión no contributiva con la prestación por situación de dependencia. Para menores de 18 años se generaliza la prestación para personas en situación de dependencia por Cuidador No Profesional.

Parece que algo se está avanzando, no obstante para aquellos que quieran interponer un recurso contra el copago facilitamos el formulario facilitado por la intersinidical Valenciana para estos casos.

Recurso de Alzada

Anabella Riesa Costa.
Área de Derecho Admisnitrativo.
García Torregrosa & Asociados.

viernes, 6 de junio de 2014

Mejoras en permanencia telefónica y contratación a distancia

La última reforma legislativa ha mejorado la seguridad jurídica de los consumidores y usuarios en las transacciones a distancia y en comercio electrónico y telefonía móvil, os adelantamos las más relevantes.

A partir del 13 de Junio de 2014 los contratos firmados a distancia y fuera de establecimiento mercantil ampliarán a 14 días su derecho de desistimiento y a 12 meses cuando el empresario no lo haya informado.

El comerciante tendrá la obligación de adjuntar un formulario a través del cual el consumidor podrá ejercitar efectivamente el desistimiento .

En todo caso y por si la empresa no cumpliera con su obligación os adjuntamos los requisitos que dicho desistimiento debe tener según aconsejando se remita a la entidad con certificación fehaciente de envío ( burofax o carta carta certificada con acuse de recibo) .

Modelo de formulario de desistimiento

– A la atención de (aquí se deberá insertar el nombre del empresario, su dirección completa y, si dispone de ellos, su número de fax y su dirección de correo electrónico):
– Por la presente le comunico/comunicamos (*) que desisto de mi/desistimos de nuestro (*) contrato de venta del siguiente bien/prestación del siguiente servicio (*)
– Pedido el/recibido el (*)
– Nombre del consumidor y usuario o de los consumidores y usuarios
– Domicilio del consumidor y usuario o de los consumidores y usuarios.
– Firma del consumidor y usuario o de los consumidores y usuarios (solo si el
presente formulario se presenta en papel)
– Fecha


-Telefonía Móvil:

La telefonía móvil también experimentará mejoras a partir del 13 de junio en las condiciones de las permanencias.

A partir de entonces, si quieres darte de baja o cambiarte de compañía, sólo se pagará la parte proporcional del tiempo que nos quedaba hasta finalizar dicho compromiso dejando de existir las penalizaciones abusivas de algunas operadoras como las indemnizaciones fijas o las inversas.

Los contratos de telefonía deberán añadir si incluyen compromiso de permanencia, de cuánto tiempo es y cuál será la penalización en caso de baja anticipada. Respecto el SPAM telefónico las compañías que quieran ofrecer sus servicios a través de call centers deberán realizarlo únicamente de 9 de la mañana a 9 de la noche, quedando excluidos los fines de semana y festivos. Además, podremos solicitar desde la primera llamada que no vuelvan a llamarnos para fines comerciales.


García Torregrosa & Asociados.
Abogados y Economistas.