miércoles, 10 de diciembre de 2014

Qué hacer en caso de accidente de tráfico

Cuando una persona tiene un accidente de tráfico, se le plantean cuestiones que, en muchas ocasiones son resueltas por las experiencias vividas por gente de su alrededor; cuestiones transcendentales como elegir Abogado del Seguro o particular, acudir a rehabilitación o no, en qué plazo denunciar o si es mejor demanda.

En el presente post, pretendemos dar unas nociones básicas de guía para tales supuestos:

- En el instante mismo del accidente, es preferible rellenar el parte amistoso con lo acontecido (descripción el golpe, lugar ocupado, lesiones y la firma de ambos). Si se plantea cualquier inconveniente con la otra parte, lo conveniente es llamar a la Policía para que levante atestado.

- Si sufre lesiones, es importante acudir cuanto antes al Servicio de Urgencias más cercano. Hay comunicar el padecimiento de las mismas a tu Compañía Aseguradora para que dé traslado a la Compañía Contraria. Esta comunicación se tiene que hacer en el plazo de 7 días desde el accidente.

- La elección de un Abogado Particular es relevante en cuanto que va a defender tus intereses de la forma más objetiva posible (los Abogados de los Seguros miran por los intereses de las propias Compañías). Hay que notificar la elección de Abogado Particular a la propia Compañía Aseguradora, pues suele tener cobertura para ello. Además, los honorarios de Abogado no se cobran hasta que el cliente percibe la indemnización.

- Se debe seguir un tratamiento rehabilitador, y al finalizar éste se obtendrá un informe médico completo de las lesiones sufridas y los métodos para su sanidad (lo que permite reclamar de forma más justificada). No hay que olvidar que la Clínica con la que trabajamos no cobrará ningún gasto al cliente; lo hará directamente al Seguro responsable.

- Para denunciar tales hechos (vía penal), se tiene que tener en cuenta que el plazo es de 6 meses desde la fecha del accidente, depurándose en este procedimiento tanto la responsabilidad penal al conductor (pena de multa), y responsabilidad civil (indemnización para el/los perjudicado/s). Transcurrido este plazo, sólo queda acudir a la vía civil para reclamar la indemnización en el plazo de un año desde el accidente; aunque tal procedimiento es menos recomendado por ser más largo y costoso para el cliente.

Si nos encontramos en esta situación debes saber que si decides confiarnos tu asunto :

1.Cuentas con un teléfono de urgencias para poder ser atendido desde el primer instante 667287964.
2. Nuestra facturación es a éxito, sólo cobramos cuando percibas tu indemnización.
3. La clínica de rehabilitación con la que trabajamos cargará los gastos médicos de la misma a tu seguro asegurando por tanto que tu coste sea cero.

Por tanto si en alguna ocasión nos necesitas nos ponemos a tu disposición.

Monica Fausto Cerro
Departamento Tráfico y Penal
García Torregrosa & Asociados
Abogados y Economístas

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