viernes, 22 de noviembre de 2013

Jóvenes y Nuevas Tecnologías

Las nuevas tecnologías aportan innumerables beneficios en el desarrollo de nuestros jóvenes, facilitándoles el acceso a mucha información en tiempo muy breve.

Este acceso habitualmente es controlado y, en ocasiones, restringido por todos los agentes sociales presentes en la vida de los menores (padres, familia, profesores, sistema educativo, …).

Los efectos positivos son innegables, pero cuando se carece de un cierto control (que dada la facilidad de acceso a internet, redes sociales, … se convierte en una tarea sumamente difícil) puede conllevar una serie de riesgos que podrían tener, y a menudo tienen, consecuencias penales.

¿Alguna vez tu hijo menor de edad ha colgado en una red social comentarios alusivos a otro menor de edad consistentes en insultos, amenazas, ….? ¿O ha publicado en facebook, tuenti,... alguna foto o vídeo en el que queda constancia la existencia de una pelea en la que él ha intervenido? O al revés ha sido víctima de insultos o amenazas a través de la red?

Si la respuesta a cualquiera de estas preguntas es afirmativa, es necesario tener en cuenta que las consecuencias no son leves. Aunque estemos ante menores de edad, la Ley Penal del Menor considera que cualquier menor entre los 14 años y 18 años que cometa cualquiera de esos actos puede ser castigado.

La sanción puede oscilar desde una amonestación o pago económico con responsabilidad civil o indemnización que debe ser asumida por los que ejerzan la patria potestad (padres, tutores, …) hasta internamiento del menor no comunicado.

En definitiva cuando las “antiguas peleas de patio”son trasladadas al entorno 2.0 la dimensión del asunto cambia.

García Torregrosa& Asociados.
Nuestra prioridad nuestros clientes.

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