jueves, 6 de septiembre de 2012

¿Tengo que preavisar para cambiar la compañía de seguro del coche? ¿Sirve como rescisión la devolución del recibo bancario?


CONSULTA: En la fecha de vencimiento de renovación de la póliza del vehiculo y buscando ahorrar costes, he cambiado la compañía del seguro del coche por otra más económica.He devuelto el recibo bancario de la primera y ahora me solicitan el importe de la misma ¿Tengo obligación de abonarlo? 

RESPUESTA: La Ley de Contrato de Seguro de 1980 en su articulo 22 dice que habría que preavisar con dos meses de antelación si no se desea renovar
 
Pero si cambian las condiciones en la renovación, que es lo más habitual en los seguros de coche, hogar, etc... Aunque sea un euro de más en la prima, es suficiente para no tener que avisar con dos meses, basta con devolver el recibo (Salvo que se ajuste a la actualización IPC) 

Por este motivo las compañías suele enviarnos el mal llamado aviso de cobro. En realidad es la propuesta tácita de renovación.

Por tanto, igual que el usuario esta obligado a preavisar su intención de no renovar con dos meses de antelación, las compañías de seguros también deben informar de las nuevas condiciones en ese mismo plazo, y de forma fehaciente. 

En todo caso y para evitar incidencias se recomienda efectuar la búsqueda con anterioridad a los dos meses y notificar en tiempo.

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