viernes, 4 de enero de 2013

Telefonía: Vendiendo el alma al diablo

Que mejor que estrenar esta sección con el top de reclamaciones: La telefonía móvil.

Las cláusulas de permanencia:


En muchas ocasiones, los usuarios firman un contrato de prestación de servicios telefónicos acogiéndose a una oferta por la compra de un terminal o a un precio promocional de tarifas especiales.

A cambio, el consumidor vende su alma al diablo, comprometiéndose a mantener el servicio con la compañía durante un período de tiempo (cláusula de permanencia) 18, 24... meses.

Lo interesante es saber que, en base al artículo 1261 de nuestro código civil, tienes derecho a darte de baja antes de que finalice dicho período si no se cumple con las condiciones, con independencia de que la baja pueda conllevar otro tipo de efectos, como la pérdida de ventajas u ofertas vinculadas a la permanencia.

Condiciones:

  1. La cláusula de permanencia debe figurar en el contrato.
  2. La existencia de vínculos entre el servicio de telecomunicaciones prestado y otros servicios o aparatos (terminales).
  3. El modo de extinción del mismo y las consecuencias de la ruptura del período mínimo.
  4. Que la operadora cumpla con todas las condiciones técnicas que la operadora firmo en su contrato(para lo que suele ser importante guardar la publicidad de la promo que nos ofrecieron).
Si se cumplen estas condiciones, la compañía puede reclamarte el abono del precio no promocional del terminal, o la cantidad del gasto correspondiente, si no se hubiesen aplicado las tarifas especiales, por no haber cumplido la permanencia estipulada en el contrato.

Aun así conforme a ley la cantidad a abonar por la permanencia se debe prorratear en función del tiempo que haya cumplido del compromiso de permanencia.

Si te estas planteando resolver (cancelar) el contrato te adjuntamos el siguiente formulario*, añadiendo que previamente se debe haber reclamado por escrito ante la oficina de atención del operador guardando el número de la reclamación:

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Esperamos que os sea de utilidad este contenido.
García Torregrosa Abogados

* Dicho modelo es únicamente un formulario no garantizando el éxito de la contienda, eximiendo a García Torregrosa Abogados ,de cualquier tipo de compromiso por el uso independiente del mismo, salvo el que se configura específicamente con cada uno de sus clientes.

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