domingo, 4 de agosto de 2013

Ley de medidas de apoyo al emprendendor

El 27 de Julio entró en vigor la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

A lo largo del mes de Agosto vamos a realizar un resumen de sus contenidos que iremos detallando y cuyo contenido integro facilitamos en este enlace: BOE

Medidas de lucha contra el desempleo juvenil

1. Se adoptan medidas para fomentar el emprendimiento y el trabajo por cuenta propia entre los jóvenes menores de 30 años entre las que destacan la implantación de una cuota inicial reducida, la compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia, o la ampliación de las posibilidades de aplicación de la capitalización de la prestación por desempleo.

2. Los autónomos que tengan menos de 30 años de edad y mujeres menores de 35 que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, podrán aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes, por un período máximo de 30 meses, según la siguiente escala:
  1. Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta. Supone pagar 50 euros al mes.
  2. Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses Siguientes al período señalado en la letra a. Supone pagar 125 euros al mes.
  3. Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra b

Supone pagar 175 euros al mes. d) Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción. Supone pagar 175 euros al mes.

También de aplicación a los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado que estén encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, cuando cumplan ciertos requisitos.

Seguiremos informando .

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