miércoles, 7 de enero de 2015

Nuevos Criterios de Honorarios Profesionales

El pasado 1 de enero entraron en vigor los nuevos Criterios de Honorarios elaborados por el Colegio de Abogados de Valencia; algo que los abogados llevábamos esperando desde la publicación de la Ley 25/2009 (conocida como “Ley Ómnibus”), la cual prohíbe expresamente a los Colegios Profesionales la promulgación de baremos orientativos.

Aclarar por tanto que los nuevos Criterios únicamente resultan de aplicación en los procedimientos de tasación de costas y jura de cuentas y tienen, en palabras del Decano, “la finalidad última de dotar de seguridad jurídica a los consumidores y usuarios con quien tenemos la obligación de informar de las posibles consecuencias económicas de tendría una condena en costas”.

De este modo, dichos Criterios de Honorarios no deben ser entendidos como un referente al que el abogado pueda acudir en a la hora de elaborar una minuta para un cliente, puesto que a estos efectos sigue primando la libertad de ambas partes para contratar en los términos económicos que se estimen oportunos.

Para más información:
Criterios de Honorarios Profesionales del Abogado

Ximo Gómez de Membrillera Sentí
García Torregrosa & Asociados
Abogados y Economístas

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