Estas modificaciones entrarán en vigor el próximo 10 de Octubre de 2015.
Estas son sus principales novedades
- Se mantiene y clarifica la llamada tarifa plana. Los nuevos autónomos podrán tener una cuota fija de 50 euros/mes durante los primero seis meses desde la entrada en vigor y con un sistema de bonificaciones aplicables progresivamente.
- Compatibilidad de la prestación por desempleo y alta en autónomos. Se elimina la barrera de edad existente a la fecha de entrada en vigor de esta ley que impide la compatibilización de la prestación por desempleo con el trabajo por cuenta propia hasta un máximo de 9 meses que tiene como finalidad ayudar al profesional al inicio de su actividad, periodo en el que los ingresos suelen ser más reducidos.
- Ampliación de la capitalización de la prestación por desempleo. Se elimina la barrera de edad existente para solicitar el 100% de la prestación en pago único con el que financiar la actividad del autónomo.
- Reconocimiento de la segunda oportunidad. Se amplía el plazo, desde los dos a los cinco años, para la reanudación de la prestación por desempleo, siempre que se acrediten causas económica u organizativas para el cierre.
- Bonificaciones e incentivos. Se proporciona a los trabajadores autónomos nuevas bonificaciones y reducciones a la Seguridad Social, así como una política de incentivos a favor de los familiares colaboradores.
- Trabajadores económicamente dependientes (TRADE). En determinados supuestos (maternidad, adopción, familiar a cargo...) se le autoriza a tener un trabajador por cuenta ajena para los casos en que interrumpa su actividad por causas vinculadas a la conciliación de su actividad profesional con su vida familiar.
Fina Sebastían Tordera
Asesoría Laboral
García Torregrosa y Asociados
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