domingo, 22 de septiembre de 2013

Ley de emprendendores

El Pleno del Congreso ha dado luz verde definitiva este jueves a la nueva Ley de Emprendedores, que entrará en vigor una vez sea publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en breve.

Las principales medidas de la Ley de Emprendedores son las siguientes:

1. Se pagará el IVA cuando se cobren las facturas: se apuesta por el pago del IVA con criterio de caja. Quedaría exentos de este régimen las operaciones acogidas a los regímenes especiales simplificados (agricultura, ganadería y pesca), el oro de inversión o los servicios prestados por vía electrónica.

2.
Nueva empresa en 24 horas y por 40 euros: esta medida tiene el objetivo de impulsar la creación exprés de empresas. Para hacerlo con escritura pública se prevé un plazo de 48 horas y un coste de 100 euros.

3.
Incentivos para accionistas de las nuevas pymes: Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de la cuantía que suscriban mediante acciones en pymes y las participaciones en una nueva empresa. La base máxima de deducción será de 9.000 euros al mes.

4.
Menos cotizaciones sociales para pluriempleados: Los trabajadores que estén dados de alta en este régimen y estén pluriempleados usarán como base de cotización la resultante de aplicar el 50% a la base mínima de cotización establecida cada año en los Presupuestos del Estado.

5.
Facilidades para los acuerdos de refinanciación: Los pactos de refinanciación solo necesitarán el consentimiento de las entidades financieras que reúnan, como máximo, el 67% de la deuda de la compañía, frente el 75% previsto actualmente.

6. Los autónomos no perderán ni la casa ni el coche: Se pretende que el empresario o el emprendedor que tenga deudas no sufra en el futuro el embargo de aquellos bienes considerados esenciales.

7. Mercado de deuda alternativo para las pymes: El Anteproyecto de Ley simplificará las cargas para que las pymes puedan emitir deuda en mercados de renta fija. Es decir, se abrirá un mercado alternativo.

8. Límites a la retribución anual de los altos directivos: Se crea la sociedad Limitada de Formación Sucesiva. Además, se establecen límites y obligaciones para reforzar los recursos propios e impulsar que las empresas crezcan. Se limita la retribución anual de los socios y administradores, que no podrán exceder del 20% del patrimonio neto.

9. Ventajas fiscales a la reinversión de beneficios: Las empresas con un negocio inferior a los 10 millones de euros, las compañías de nueva creación y aquellas empresas que formen parte de un grupo más grande de sociedades tendrá derecho a una deducción del 10% en la cuota de los beneficios integrados en la base imponible para invertir en elementos nuevos.

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