viernes, 23 de mayo de 2014

Qué es un punto de atención al emprendedor o PAE

Desde la entrada en vigor de la Ley 14/2013 de Emprendedores se ha establecido la posibilidad de tramitar solicitudes de constitución de nuevas empresas de forma telemática a través de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE).

Los PAE permiten agilizar, entre otros, bastantes trámites asociados al inicio, ejercicio y cese de una actividad de una forma más ágil que como se venía realizando hasta la fecha.

A modo de ejemplo, algunos de dichos trámites podrían ser los siguientes:

1. Prestación de servicios de información sobre las nuevas formas jurídicas:

Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y el Empresario de Responsabilidad Limitada (ERL)

2. Tramitación de documentación: Alta en el Régimen de la Seguridad Social, la declaración censal de inicio de actividad, la comunicación de apertura del centro de trabajo así como cualquier otro trámite asociado al desarrollo de la actividad ante las autoridades públicas, a excepción de los trámites relativos a obligaciones fiscales y seguridad social;

3. Asesoramiento legal.

4. Formación.

5. Apoyo a la financiación empresarial, información sobre las ayudas públicas existentes e incentivos para la creación de empresas aplicables a su proyecto

6. Información general sobre temas de interés para las empresas, tales como la fiscalidad, contratación laboral, internacionalización, desarrollo tecnológico y cooperación entre empresas.

7. Realizar la reserva de la denominación social para la tramitación presencial de la Sociedad Limitada Nueva Empresa.

Así pues, los PAE son como ventanillas únicas electrónicas o presenciales pertenecientes a organismos públicos o privados, incluidas las notarías y colegios profesionales, con la finalidad de realizar la cumplimentación y tramitación telemática del denominado Documento Único Electrónico (DUE) utilizando el sistema de tramitación telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE).

Por tanto, los despachos de abogados, a través de su Colegio Profesional, podrán una vez adheridos al Convenio correspondiente, tramitar mediante la figura de los PAE, el inicio efectivo de la actividad de las empresas y su desarrollo.

Paz Guillén Bañuelos.

Aréa de Derecho Mercantil

Garcia Torregrosa y Asociados.

ABOGADOS Y ASESORES.

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