El Supremo estima entre otras :
- Que no es suficiente con que las cláusulas de forma aislada sean comprensibles
- La nulidad de estas cláusulas "no afecta a la subsistencia de los contratos ni a las cantidades ya pagadas".
- Los consumidores deben ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el Euríbor).
- Esta información debe ser clara y destacada, sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo...
963846667
No hay comentarios :
Publicar un comentario