viernes, 17 de mayo de 2013

Mi vuelo se ha retrasado ¿Qué puedo pedir?

El transportista deberá ofrecer asistencia a los pasajeros cuando el retraso de un vuelo respecto a la hora de salida prevista sea:

-    De dos o más horas en el caso de todos los vuelos de 1500 kilómetros o menos.
-    De tres o más horas en el caso de todos los vuelos intracomunitarios de más de 1500 kilómetros y de todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros.
-    De cuatro horas o más en el caso de los demás vuelos.

¿Qué asistencia se debe ofrecer a los pasajeros en caso de retraso? 


El transportista deberá ofrecer a los pasajeros:

-    Comida y refrescos suficientes según el tiempo de espera necesario.
-    Dos llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax, o correos electrónicos.
-    Si la salida no se efectuara hasta, como mínimo, el día siguiente a la hora previamente anunciada, se les deberá ofrecer alojamiento y transporte entre el aeropuerto y dicho alojamiento.
-    Si el retraso es de cinco horas o más, se ofrecerá a los pasajeros la opción entre el reembolso  del  coste  del  billete  o  la  conducción  al  destino  final  en  condiciones  de transporte  comparables,  lo  más  rápidamente  posible  o  en  fecha  posterior  pero  que convenga al pasajero.

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García Torregrosa Abogados
Construyendo Soluciones

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