jueves, 4 de octubre de 2012

¿Mi abogado o el del seguro?


La mayoría de las pólizas de seguros (automóvil, hogar, etc.) incluyen la defensa jurídica.

Esto implica que el asegurado tiene el derecho a elegir libremente al abogado y procurador que lo represente en juicio, sin necesidad de que dichos profesionales sean impuestos por la compañía de seguros.

La aseguradora puede poner un límite a la cantidad que reembolsará al utilizar un abogado de libre designación, pero deberá limitarlo, de forma clara y directa para que sea válido. Por ejemplo: “Cobertura hasta 600 euros.” Dicha limitación debe estar en las condiciones particulares o en el apartado de limitaciones y excepciones.

No es legal si la limitación está establecida en condiciones generales puesto que son documentos que el consumidor no conoció ni firmo al contratar.

En definitiva en caso de ser necesaria la defensa jurídica es conveniente saber que siempre se puede optar por abogados de confianza e independientes en el sector de los seguros.

No hay comentarios :

Publicar un comentario