domingo, 18 de noviembre de 2012

4 Respuestas sobre el paro

1.- ¿Cómo se cobra el paro cuando se ha trabajado toda la vida en una misma empresa?

Para calcular la prestación por desempleo hay que tomar la base de contingencias comunes de las últimas seis nóminas. Es necesario obtener la base reguladora diaria, que se consigue de sumar las últimas seis nóminas y dividirlas entre 180 días.

2.- Cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo: ¿Es posible?

La respuesta es sí. Es posible mantener un trabajo a media jornada y cobrar el paro correspondiente por el trabajo desempeñado en otra sociedad. La cuantía de la prestación se reducirá en la misma proporción que la jornada que se realice.

3.- Los autónomos: ¿Pueden cobrar paro?

El trabajador por cuenta propia o autónomo no tiene derecho al tradicional paro. No obstante, sí que puede solicitar la prestación económica por cese de actividad, debiendo acreditar el cumplimiento de una serie de requisitos, tener cubiertas las contingencias profesionales, estar al corriente de pago de las cuotas de Seguridad Social, contar con un período mínimo de cotización de 12 meses continuados e inmediatamente anteriores al cese.

4.- En caso de trabajar a jornada reducida por cuidado de hijo menor, ¿Qué paro se puede cobrar?

En el supuesto de acceder al paro desde una situación de reducción de jornada por guarda legal o cuidado directo de un menor de 8 años, para el cálculo de la base reguladora de la prestación de desempleo, se tomarán las bases de cotización incrementadas hasta la cuantía que hubiera correspondido si se hubiera mantenido sin reducción de jornada.

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